TARIFAZOS: LA CORTE PIDIÓ INFORMES AL GOBIERNO Y RESOLVERÁ EN AGOSTO

 
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POR LO CUAL EL FRENO AL TARIFAZO SE MANTIENE VIGENTE PESE AL ANUNCIO DE LAS NUEVAS TARIFAS DEL GOBIERNO…

TARIFAZOS:   LA CORTE PIDIÓ INFORMES AL GOBIERNO Y RESOLVERÁ EN AGOSTO

Con el voto de sus cuatro miembros, el máximo tribunal solicitó datos sobre la evolución tarifaria y el impacto de los aumentos, antes de resolver si acepta el per saltum para dictaminar sobre el tema.

LOS CINCOS PUNTOS CLAVE DE LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE…

UNO

El Máximo Tribunal tiene por lo menos cuatro planteos de competencia para resolver.

Entre otras, la presentación que hizo el Estado Nacional en su litigio con la provincia de Chubut en el que solicita que la Corte se aboque a la cuestión por competencia originaria.

También hay un caso del sur de la provincia de Mendoza, otro de San Luis y otro en el que está involucrado Gas Camuzzi.

Todos estos planteos referidos a la facultad que tienen los jueces para dictar los fallos que emitieron no resuelven la cuestión de fondo. La Corte va a resolver el tema pero no en este momento. Primero debe tener en claro en qué estado procesal se encuentran las medidas cautelares que se dictaron en esos litigios.

Por tal motivo, en la resolución de este martes solicita informes al Juzgado de San Rafael, a la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza y al Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 5 con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.

En este último caso porque a raíz de una presentación que hizo el gobierno nacional la magistrada de ese juzgado pidió que se le remitan todas las actuaciones que se iniciaron ante un juez de La Plata por una ONG ligada al kirchnerismo.

DOS

En el caso del recurso extraordinario por salto de instancia -per sáltum- presentado por el Estado Nacional por un fallo de la provincia de Mendoza la Corte aún no lo declaró admisible.

La decisión recién la tomará cuando que lleguen los informes solicitados al Poder Ejecutivo.

El problema que se plantea es que si declara admisible el per sáltum, quedarían sin efecto las cautelares pero sólo en ese caso.

En esta misma jurisdicción se ha dictado una cautelar que está firme pero en la que no se ha planteado el per sáltum.

Es por eso que si se admitiera en el primer caso se produciría la paradoja de que en un mismo territorio habría un fallo que deja sin efecto los aumentos y otro que los permite. Un verdadero disparate jurídico.

TRES

Sin posibilidad de declarar admisible o no el per sáltum por falta de información objetiva que le permita resolver el asunto con efectos generales que eviten la litigiosidad y sólo con planteos de competencia que no resuelven la cuestión de fondo, hoy la Corte no tiene "caso" para resolver.

CUATRO

Hasta que las causas de La Plata y de Córdoba no lleguen a la Corte el Máximo Tribunal no tiene "caso" para resolver.

La Cámara de La Plata anuló las resoluciones del Ministerio de Energía que ordenaron los aumentos de tarifas. En Córdoba, la Cámara Federal suspendió la suba del gas en toda la provincia. En ambos procesos la forma de llegar a la Corte es a través del recurso extraordinario y en caso de ser denegado ir en queja al Máximo Tribunal. Recién ahí la Corte tendría "caso" para resolver la cuestión de fondo.

Este trámite no se completaría antes del mes de agosto.

CINCO

La Corte pidió al Poder Ejecutivo que en el plazo de 10 días envíe una serie de informes tendientes a establecer el impacto económico y social que tendría el incremento tarifario que impulsa la administración nacional. Pidió que el Ejecutivo explique cómo ha sido la evolución de tarifas desde que se sancionó la ley de emergencia pública y reforma del régimen cambiario.

Solicitó que explique los parámetros tenidos en cuenta para arribar a los aumentos de precios y tarifas ordenados por el gobierno nacional y que especifique con fundamento si existe o no la ponderación de principios de gradualidad y progresividad para la determinación del cuadro tarifario en cuestión.

Además, que explique cómo quedaría conformado el esquema tarifario final tras las modificaciones anunciadas por el Ejecutivo.

Asimismo, que especifique las razones que llevaron a establecer un tope al monto de las facturas y que informe sobre qué importes se aplica y qué incidencia tiene sobre el monto final de lo que tendrá que pagar el usuario. El gobierno deberá informar sobre los parámetros que tuvo en cuenta para alterar el alcance de la tarifa social, las razones de ese cambio y si implica modificar la cantidad de beneficiarios.

La Corte pidió además que el Poder Ejecutivo especifique los criterios para aplicar o no la tarifa social a entidades de bien público, entidades solidarias sin fines de lucro, pymes, y en particular las vinculadas a las economías regionales.

También solicitó que informe si hay bandas tarifarias teniendo en cuenta la distancia con los centros de producción, transporte y distribución.

Además pidió que el Ejecutivo indique si ha considerado establecer bandas o segmentaciones tarifarias según los ingresos del usuario y de los demás miembros del grupo familiar.

Esto último está relacionado con un tema que es central para la Corte: evitar que los aumentos de las tarifas sean de tal magnitud que se tornen impagables para la gente.

También reclama a los juzgados en donde hay vigentes causas vinculadas con los aumentos que se remita toda la información de las mismas, como paso previo a dictar un fallo de fondo que abarque a todas las resoluciones judiciales.

De esta forma, el freno al tarifazo se mantiene vigente, hasta tanto la Corte tome una determinación, con posterioridad a la feria judicial de invierno que comienza este viernes.

Reservados todos los derechos Santiago Oreggia©
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