Por Washington Benalcázar, En: Elcomercio.com, 18 de septiembre de 2015. El cobro de la salvaguardas a productos adquiridos en Colombia y que ingresan vía terrestre a Ecuador entró en vigencia desde hoy, 18 de septiembre de 2015. A las 08:00, Francisco Hernández, director distrital de Tulcán del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), informó la aplicación inmediata de la medida una vez que fue publicada en el Registro Oficial.
En el Puente Internacional de Rumichaca, el principal paso que enlaza a Ecuador con Colombia, el cobro de la sobretasa sorprendió a más de un ecuatoriano, que cruzó la frontera para ir de compras. (Imagen referencial). Foto: José Mafla/ EL COMERCIO.
Este es el caso de Juan Carlos Noroña, que llegó desde Quito a Ipiales para adquirir una televisión de 40 pulgadas. El artefacto le costó USD 470, pero con el pago del impuesto y salvaguardias canceló 400. "Prácticamente tuve que pagar en impuestos un valor igual al del televisor".
En Quito uno de iguales características le valorizaron en USD 1200. Noroña también trajo víveres de la canasta básica (azúcar, aceites, detergente...), aprovechando los precios más bajos a los que se consigue en Ecuador, debido a la devaluación de la moneda colombiano en relación al dólar. Este día la cotización oficial fue de 2 982 pesos por dólar.
Los alimentos surtidos para consumo familiar, por hasta USD 2 000, y los efectos personales de viajero, como prendas de vestir, alimentos de aseo personal, un teléfono celular, una tableta, entre otros, pueden ingresar al país sin pago de impuestos.
La medida la anunció el presidente Rafael Correa como una estrategia para paliar la crisis comercial que afecta a la provincia fronteriza de Carchi, ante la disminución de compradores que provenían de Colombia.
Esta mañana no hubo congestión en las oficinas de Aduana de Rumichaca, en donde los ciudadanos que ingresan con artículos tributables deben realizar la Declaración de Aduana Simplificada (DAS).
El último fin de semana cruzaron de Ecuador a Colombia aproximadamente 6 500 vehículos, de placa ecuatoriana, para realizar compras, según cifras de la Cámara de Comercio de Ipiales. Sin embargo, mañana podría variar el compartimiento, toda vez que será el primer sábado, día de feria, que está en vigencia la aplicación de este doble impuesto.
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MERCADERÍA QUE INGRESE POR VÍA AÉREA Y TERRESTRE PAGARÁ SALVAGUARDIAS
Por Carolina Enríquez y Washington Paspuel , En: Diario El Comercio, de Quito, 16 de septiembre de 2015
Todos los bienes tributables que ingresen al país por vías terrestre y aérea cancelarán sobretasas si están gravados con este mecanismo. Esta información la dio a conocer ayer el Comité de Comercio Exterior (Comex), tras aprobar, el pasado lunes, la Resolución que regula el cobro de salvaguardias a 2 961 partidas de entrada por aire o tierra.
La medida entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial. Por ahora, el Comex no ha hecho pública la Resolución. Solamente indicó, mediante un boletín, que los bienes que son considerados por Aduana como efectos personales quedan libres de tributos al comercio exterior (impuestos y aranceles).
Entre estos se encuentra ropa y artículos de aseo no comerciales, un celular, una tablet, etc. El listado completo se encuentra en la página web de la Aduana (www.aduana.gob.ec). Todo lo que no esté en el listado o sobrepase las cantidades normadas, pagará impuestos y salvaguardias, cuando amerite.
Estas sobretasas, vigentes desde marzo pasado, oscilan entre 5 y 45%. El plazo de vigencia es de 15 meses, por lo que se cobraría en fronteras y aeropuertos hasta mediados del próximo año. El pasado 10 de septiembre el presidente Rafael Correa exigió a la Aduana que aplique las salvaguardias a los productos que traen los ecuatorianos cuando viajan a Ipiales, donde los precios son hasta un 50% más bajo que Ecuador.
En esa fecha se indicó que la medida solo se aplicaría para el ingreso de productos por vía terrestre. Sin embargo, la resolución del Comex incluye a las entradas por vía aérea. La persona que ingresa al país debe tener en cuenta que la cantidad de bienes tributables difiere según la vía de acceso.
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Revise la lista de productos que pagan salvaguardias:
El 47% de las partidas con salvaguardia pagan el 45% de sobretasa
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Por vía aérea, por ejemplo, una persona puede traer dos televisiones de hasta 24 pulgadas. Una entra libre de tributos y la otra no. Esta última pagará impuestos, aranceles y sobretasas. Por tierra, sin embargo, un televisor de cualquier número de pulgadas pagará todo. En el caso de licores, por ejemplo, el viajero puede ingresar hasta con tres litros vía aérea. Si trae uno más pagará impuestos, aranceles y salvaguardias.
Por vía terrestre solo se puede ingresar, una vez al año, hasta tres litros, y pagando todos los impuestos. Este martes (15 de septiembre del 2015), en la frontera norte los agentes que vigilaban el ingreso de vehículos en Rumichaca todavía no tenían información sobre la Resolución del Comex.
Por ello, los ecuatorianos que adquirían productos en el vecino país, principalmente televisores, computadoras, celulares…, continuaban pagando solo impuestos y aranceles. Estas personas realizaban la Declaración Aduanera Simplificada (DAS), que también se deberá presentar una vez que entre en vigencia la medida.
Ayer, un cartel en la ventana de la oficina del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador indicaba que todo bien que no sea considerado como equipaje de viajero deberá cancelar tributos establecidos por ley.
También, señalaba que la base imponible para el cálculo de los tributos es el valor de la mercadería más el costo del transporte (USD 1,50 por cada kilo de los bienes tributables) y el costo presuntivo del seguro (1% del valor de las mercaderías que se traiga el país). Ampliar Las compras de bienes en Ipiales se han mantenido constantes.
Uno de esos compradores era José Duque, quien fue de paseo con su familia a Ipiales (Colombia), desde Santo Domingo de los Tsáchilas. Al visitar los almacenes adquirió una televisión de 55 pulgadas en USD 1 200. También, un equipo de sonido en USD 300. Por los dos artefactos, dijo, pagó USD 500 por concepto de tributos.
Duque escuchó que se impondrán salvaguardias a varios productos próximamente. Ante eso comenta que habrá que hacer ‘números’ para ver si es conveniente viajar a Ipiales. Igualmente Patricia Ontaneda, quien llegó de Ibarra, se llevó una impresora para la computadora de su hijo. Asegura que por el pago del aparato y el DAS sumaron USD 100. No está en contra de que se fije una sobretasa a los bienes tributables. “Eso ayudará a evitar que salgan los dólares del país y eso es bueno para todos”.
Para Harold Delgado, presidente de la Cámara de Comercio de Ipiales, la dinámica comercial en esta urbe continúa a buen ritmo. Asegura que unos 6 500 vehículos -con placa ecuatoriana- ingresaron el último fin de semana.
NO OLVIDE:
17 tipos de artículos son los efectos personales de ingreso terrestre. Estos no pagan ningún tipo de tributo.
Un total de 16 tipos de artículos se consideran efectos personales vía aérea. Según la cantidad no pagan tributos.
Los aparatos tecnológicos considerados como efectos personales del viajero son una cámara, un celular, etc.
Las compras de más de USD 2 000, de bienes tributables, se consideran como importaciones de tipo regular.
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CONOZCA QUÉ PUEDE TRAER DE IPIALES SIN PAGAR IMPUESTOS
Redacción Negocios 11 de septiembre de 2015 La decisión del Gobierno de cobrar salvaguardias a los productos que compran los ecuatorianos en Ipiales, en Colombia, generó una ola de comentarios en redes sociales.
Unos piden el mismo tratamiento a las compras que hacen los ministros en Miami y un mayor control al gasto público, mientras otros cuestionan el encarecimiento de los productos importados a raíz de la aplicación de las sobretasas arancelarias, las cuales están vigentes desde marzo del 2015. “El 45% de sobretasa arancelaria a instrumentos musicales , ¿qué es esto?”, se preguntaba Alejandro N.
Este 10 de septiembre del 2015, en la ciudad fronteriza de Tulcán, el presidente de la República, Rafael Correa, junto a sus ministros de la Producción y Comercio, definieron una serie de medidas para reactivar la economía de Carchi y frenar las compras masivas en Ipiales, donde los ecuatorianos consiguen productos a la mitad de precio de lo que cuestan en el país.
Entre las medidas adoptadas está la aplicación de salvaguardias a una lista de 2 961 partidas arancelarias. Si bien estas sobretasas arancelarias se vienen aplicando desde marzo pasado a la importación de productos, no se aplicaba a los productos que traían los ecuatorianos desde Ipiales, al menos no a los productos pequeños o de bajo costo. Quienes ingresaban con un televisor por la vía formal, por ejemplo, cancelaban los aranceles y las sobretasas en la Aduana del puente Rumichaca. Sin embargo, si traían útiles escolares no se hacía ningún control.
Pero la próxima semana empezarán esos controles, lo cual supone un reto para los agentes de Aduana, que necesitan familiarizarse con los productos que pagan salvaguardias. Ahora, los consumidores deben saber que no todos los productos que se adquiera en Ipiales deben pagar salvaguardias o impuestos.
Según el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae), existen 17 artículos que no pagan impuestos porque son catalogados como “efectos personales del viajero”. Esto aplica siempre y cuando esos artículos sean para uso personal, es decir, no deben tener un fin comercial.
Asimismo, la Senae hace una diferenciación entre los viajeros que ingresan al país por vía aérea y por vía terrestre. Se considera efectos personales de un viajero que llega por vía terrestre a los siguientes productos, nuevos o usados, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales:
1. Prendas de vestir de uso del viajero.
2. Artículos de tocador; elementos de aseo personal.
3. Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales. 4. Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos.
5. Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío en cantidades no comerciales.
6. Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero.
7. Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero: únicamente los que sean portátiles, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado; Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.
8. Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica; Ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos, ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero, siempre que todos estos implementos estén acordes a su discapacidad y en cantidades exclusivas para su uso personal; Un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa.
9. Equipo de acampar; Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.
10. Unidades de almacenamiento de video, música o datos.
11. 2 animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo viaje incluso como carga, su proceso de despacho será por sala internacional fronteriza.
12. 2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una persona.
13. Artículos deportivos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.
14. Juguetes y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona. 15. Máximo 3 cajetillas de cigarrillos.
16. Utensilios de Cocina, no eléctricos que puedan ser transportados por una persona y 3 aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles; e Instrumentos portátiles utilizados para jardinería.
17. 1 unidad usada de los artículos portátiles que a continuación se enunciarán: Cámara fotográfica y/o filmadora; Teléfono celular o satelital; Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS); Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); Calculadora electrónica.
INGRESO DE MERCANCÍAS
Según la Senae, todo viajero que ingrese por las fronteras terrestres del país mercancías sujetas al pago de tributos, cuyo valor sea menor o igual a USD 2 000 (o su equivalente en otra moneda); deberá presentar la Declaración Aduanera Simplificada (DAS), y adjuntar los documentos solicitados por Aduana.
Si el valor de las mercancías sujetas al pago de tributos supera los USD 2 000 deberá registrarse como Importador, contratar los servicios de un Agente de Aduana autorizado por la Aduana del Ecuador, obtener los permisos y licencias de importación, según el producto y presentar la Declaración Aduanera de importación (DAI).
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EL 47% DE LAS PARTIDAS CON SALVAGUARDIA PAGAN EL 45% DE SOBRETASA.
Carolina Enríquez, En: Elcomercio.com, 23 de marzo de 2015. Un total de 138 tipos de productos se encuentran dentro del listado de artículos gravados con salvaguardia por balanza de pagos.
En el país, 2961 partidas tienen, desde el pasado 11 de marzo, sobretasas de entre el 5% y el 45% para su importación. Entre los grupos de productos se encuentran animales, productos de carne, partes de computadoras, equipos electrónicos, licores, columpios, peces vivos, etc.
Una investigación de EL COMERCIO revela que entre los grupos de artículos que más productos contienen se encuentran los textiles, las prendas de vestir, los hilados, las carnes y las legumbres.
Solo los tejidos suman unas 285 partidas, las prendas de vestir 270, legumbres 84, etc. Solo el año pasado, dentro de los productos gravados, se importaron USD 8499,7 millones, lo que confirma lo ya expuesto el pasado 6 de marzo por el ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia.
La partida que mayores importaciones tuvo fue la de productos laminados con USD 336,9 millones, seguida de computadoras y laptops, con USD 261,9 millones. Lo que menos se importó el año pasado, dentro de las 2 961 partidas, fueron los cubitos refractarios de arcilla con USD 10, seguida de las prendas de lana o pelo fino con USD 30.
Con el 45% se gravó a 1392 partidas, con el 25% un total de 392, con 15% 452 partidas y con 5% unas 725 partidas arancelarias. Es decir, el grueso de productos tiene un alto porcentaje de salvaguardia, siendo la mayoría bienes de consumos duraderos y no duraderos. Para conocer más sobre los productos y la sobretasa que se fijó sobre cada uno ingrese a la herramienta interactiva creada por este DIARIO.
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Fuente: www.elcomercio.com