El troquel de las elecciones, lo puedo tirar? Y si no vote?

 
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Ya se puede consultar el listado de infractores de las PASO

El troquel de las elecciones, lo puedo tirar? Y si no vote?

Quienes no aparezcan en la nómina pueden deshacerse del troquel que les fue entregado a la hora de votar en las PASO. Conozca si debe abonar la multa por no haber concurrido a las urnas el 11 de agosto pasado

La Justicia Nacional Electoral habilitó para su consulta el registro de infractores al deber de votar, que contiene la información sobre quiénes emitieron su sufragio el 11 de agosto pasado y quienes no, por lo que deberán regular su situación.

En el listado figuran todos aquellos electores de entre 16 y 70 años que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) celebradas el 11 de agosto pasado y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.

El Registro de Infractores al Deber de Votar ya puede consultarse en el sitio infractores.padron.gov.ar, aunque suele tener algunos problemas de conexión.

La no inclusión de un elector en dicho registro alcanza para dar por cumplida su obligación de concurrir a las urnas, razón por la cual ya no necesita conservar el troquel que le fue entregado al momento de emitir su sufragio. Asimismo, el no aparecer en el registro da cuenta además de que fue debidamente justificada, en los casos que corresponda, la omisión al deber de votar.

En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.

La multa por no votar en las PASO ni justificar dicha omisión asciende a los 50 pesos y se duplicará en el caso de faltar al deber de votar el próximo 27 de octubre cuando se celebren las elecciones Legislativas.

La multa podrá pagarse en el Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.

La Justicia Nacional Electoral recordó además que el no haber votado en las PASO no impide poder participar del próximo acto eleccionario.

Fuente: www.infobae.com
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