13 diciembre 2022
– Hay normas de obligatorio cumplimiento que deberíamos saber y que, sin embargo, ignoramos. Una de ellas, por ejemplo, es que no se puede conducir con el abrigo puesto.
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20MINUTOS NOTICIA 13.12.2022 – 13:50H
Aunque el Reglamento de Conductores no recoge ninguna norma específica sobre llevar abrigo o no al volante, sí que expresa en el artículo 18 que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimiento, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción que garantice su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
Este párrafo es muy interpretable, pero precisamente por ello deberíamos evitar conducir con prendas de abrigo voluminosas que limiten nuestros movimientos. Si los agentes de tráfico nos dan el alto y concluyen que el abrigo que vestimos nos puede impedir conducir correctamente y con seguridad, acabaremos el día con una multa de 200 euros.
Del mismo modo, tampoco los niños deberían ir atados en sus SRI con el abrigo puesto, ya que podrían deslizarse por el asiento y este perdería su efectividad, poniéndolos en riesgo en caso de accidente de tráfico.
Artículo completo:
https://www.20minutos.es/motor/movilidad/multa-conducir-con-abrigo-200-euros-5084222/
Fuente: etf1949.wordpress.com